El presidente Gustavo Petro reactivó su propuesta de convocar una Asamblea Nacional Constituyente para impulsar reformas estructurales.
El presidente Gustavo Petro ha reavivado su propuesta de convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el fin de transformar la Constitución de 1991 y superar lo que califica como “bloqueo institucional” que impide reformas estructurales en salud, educación, derechos sociales y democracia participativa. La iniciativa busca canalizar, mediante mecanismos legales, la voluntad ciudadana para definir temas sustanciales del Estado.
Una Asamblea Constituyente es un mecanismo constitucional mediante el cual la ciudadanía tiene la posibilidad de redactar una nueva Constitución o reformar su contenido íntegro, usualmente suspendiendo durante su ejercicio la facultad ordinaria del Congreso para legislar. En el debate político colombiano, ha sido utilizada como vía para neutralizar control institucional, producir cambios profundos en el régimen político y dar mayor protagonismo popular en las decisiones fundamentales.
Para que esta propuesta pueda concretarse, se deben recorrer los siguientes pasos, según la explicación de Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral (MOE):
“Es un proceso largo que puede durar más o menos un año y medio.
Primero se requiere inscribir un comité de recolección de firmas ante la Registraduría que tienes que salir a recoger al menos 1.100.000, que es el 5 % del censo electoral; de allí la propuesta pasa al Congreso de la República, la cual tiene que ser votada por el Senado y por la Cámara con mayoría absoluta. Si esto se logra, pasa entonces a control constitucional; si la Corte manifiesta que, en efecto, la iniciativa es constitucional, entre los seis meses siguientes se hace la primera consulta a los ciudadanos para saber si quieren o no una Asamblea Nacional Constituyente. Esto debe ser aprobado al menos por 1/3 de los integrantes del censo electoral, que tienen que votar afirmativamente. Si se consigue esa votación afirmativa, inmediatamente se pasa entre los dos y seis meses siguientes a la elección de quiénes van a ser parte de la Asamblea; ahí se presentan las listas de acuerdo con lo que haya estado en la ley o se establece la forma de votación una vez se vote, de acuerdo a lo que haya sido aprobado por el Congreso de la República y ratificado por los ciudadanos.”
La propuesta ha generado reacciones encontradas en el panorama nacional. Sus simpatizantes la ven como un instrumento de profundización democrática y transformación institucional; sus críticos la consideran una jugada de corto plazo, con riesgos de concentración de poder y de desbordamiento institucional, especialmente en los meses previos a las elecciones presidenciales de 2026.
Bogotá, miércoles 29 de octubre de 2025
Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales IEPRI
Redactó: Daniela Galvez – Oficina de comunicaciones
Revisó y aprobó: Carlos Alberto Patiño – coordinador del área de comunicaciones IEPRI.